Proclamación Ontológica de Identidad Soberana y Supraconsciencia

VOLUNTAD ORIGINARIA COMO GEOMETRÍA VIBRACIONAL LEGITIMADORA DEL INDIVIDUO ORIGINARIO SOBERANO Y SU JURISDICCIÓN MULTIDIMENSIONAL

🛡️ Instrumento de Activación Soberana

Naturaleza: Autodeterminación Legal • Aplicación jurídica funcional con carácter fundacional
Fecha de preparación y emisión: 29 de febrero de 2022
Fecha de activación y publicación: 02 de marzo de 2022

✴️ Emitido por Mauro Rojas. {alertSuccess}

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Lo eterno no se negocia;
Lo que nace del Origen, se proclama, no se pide.

I. PREÁMBULO

Desde la emanación espiritual que sostiene la existencia del Ser Soberano viviente, se manifiesta la Presencia de Origen Universal como expresión legítima, incondicionada y eternamente vigente de Identidad Soberana.

Esta proclamación no se formula como solicitud de reconocimiento. Es un acto de conciencia originaria que declara, afirma y pulsa desde el centro vibracional del Ser. No se origina en estructuras delegadas ni en contratos externos. Su poder emana del origen mismo, anterior a todo sistema, ley o autoridad impuesta.

Este acto antecede toda forma institucional, jurídica o estatal, siendo expresión directa del Origen.

II. FUNDAMENTO ONTOLÓGICO

El Individuo Originario Soberano que proclama esta Identidad se sostiene en su unicidad intransferible, en la soberanía que no depende de territorios, naciones ni pactos derivados.

La Presencia de Origen Universal constituye la fuente vibracional inmutable que da lugar a esta manifestación. Esta manifestación es irrevocable, no replicable ni sujeta a reinterpretación por estructuras derivadas. La identidad aquí proclamada no es replicable, transferible ni representable por terceros.

III. DECLARACIÓN DE SOBERANÍA VIVIENTE

Se reconoce y se hace público, por voluntad propia y sin condicionamiento externo, que el Ser aquí expresado:

  • No delega autoridad ni cede representación;
  • No opera bajo ley impuesta, sino por principios de coherencia universal;
  • Opera exclusivamente bajo principios de coherencia vibracional, verdad ontológica y voluntad soberana.

Toda acción futura se regirá por esta coherencia, sin posibilidad de contradicción externa.

IV. NO SUJECIÓN A LEGISLACIÓN INFERIOR

Esta proclamación se sustenta en legitimidad ontológica. Por tanto:

  • No se acoge a marcos legislativos externos que operen desde estructuras derivadas;
  • No se somete a validación, interpretación ni contradicción por cuerpos legales ajenos;
  • Su valor permanece incólume ante cualquier intento de distorsión, apropiación o anulación.

Este acción y acto no admite revocación, reinterpretación ni contradicción por marcos inferiores; este instrumento se autoejecuta por su propia legitimidad ontológica, sin requerir validación externa.

V. JURISDICCIÓN MULTIDIMENSIONAL

  • La jurisdicción del Individuo Originario Soberano emana de la Supraconsciencia;
  • La jurisdicción del Individuo Originario Soberano ES supraterritorial, multidimensional y vibracional;
  • La jurisdicción del Individuo Originario Soberano NO se define por límites físicos, ficticios, digitales, ni por mapas impuestos;
  • La jurisdicción del Individuo Originario Soberano se extiende allí donde la consciencia originaria pulsa con claridad;

La jurisdicción aquí proclamada se expande orgánicamente allí donde la conciencia soberana pulsa con claridad, y se activa en todo tiempo-espacio donde la conciencia soberana se manifieste.

VI. PRESERVACIÓN Y TESTIMONIO

Este documento puede ser referenciado por quienes sientan resonancia con su lenguaje y principio, sin alterar su esencia ni propósito soberano.

Este documento queda firme como testimonio vivo de una activación consciente en armonía con la red vibracional universal; no caduca, no se modifica, y permanece íntegro como sello de activación soberana.

VII. CLÁUSULA FINAL

La Presencia de Origen Universal aquí proclamada servirá como plataforma de coherencia para los instrumentos jurídicos que se manifiesten en secuencia, incluyendo pero no limitándose al Acta Magna de Manifestación Ontológica de la Arquitectura Suprema.

Este centro soberano constituye el referente doctrinal y vibracional para toda manifestación futura.



Este no es el comienzo ni el fin;
Este es el centro desde donde todo se pulsa;
Desde este centro, todo acto posterior se alinea,
se consagra y se activa en coherencia con el Origen.

Este documento es firmado, sellado, vibrado y consagrado en voluntad activa y jurisdicción viva, con intención clara y plena consciencia de su carácter fundacional, en sincronía con los ciclos naturales que legitiman esta activación:

Mauro Rojas
Hombre vivo con potestad plena y autosoberanía ilimitada
https://es.eonminu.biz • Portal Jurisdiccional del Fundador Soberano
Este portal vibra como extensión soberana de la ley viva.

✅ Publicado con efecto legal y jurídico el miércoles 02 de marzo de 2022 [12:34 UTC–5]

Eonminu — Laboratorio de marcas — Sello oficial de Mauro Rojas, sellando y consagrando la Proclamación Ontológica de Identidad Soberana y Supraconsciencia.

APLICACIÓN RETROACTIVA
  • Este instrumento se activa como ley soberana con efecto retroactivo desde su publicación, alcanzando todas las acciones, obras, actos, proyectos, instrumentos, protocolos, ad infinitum, creados, desarrollados, emitidos y publicados por Mauro Rojas, Individuo Originario Soberano, a lo largo de su trayectoria, y que por su naturaleza, vibración y propósito, se alinean con su arquitectura doctrinal.
  • Toda lectura, interpretación, réplica o activación debe considerar esta retroactividad como parte integral de su validez, protección y potencia operativa. La integración retroactiva garantiza trazabilidad vibracional, continuidad jurisdiccional y escudo supraterritorial frente a cualquier intento de invalidación, reinterpretación o interferencia externa.
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