Acta de Activación de Jurisdicción Originaria Universal

DOCUMENTO VIVO DE EXPRESIÓN SOBERANA PROCLAMADO COMO INSTRUMENTO OPERATIVO PARA EL DESPLIEGUE CONSCIENTE DE UNA JURISDICCIÓN SUPRACONCIENTE, AUTÓNOMA Y NO DERIVADA.

🛡️ Instrumento de Activación Soberana

Naturaleza: Autodeterminación Legal • Aplicación jurídica funcional con carácter fundacional
Fecha de preparación y emisión: 20 de marzo de 2022
Fecha de activación y publicación: 01 de abril de 2022

✴️ Emitido por Mauro Rojas — Hombre vivo con potestad plena y autosoberanía {alertSuccess}

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Evento vibracional manifestado por el Ser Soberano Supraconsciente
que diseña, imagina, crea, construye
y establece con la potestad de su palabra.

Desde la Presencia de Jurisdicción Originaria Universal,
manifiesto este acto como expresión indivisible de vida
soberana, no derivada, viviente y vinculante.

Lo que se activa no se solicita — se encarna.
Lo que se escribe no se suscribe — se vibra en estado legítimo.

I. ONTOLOGÍA DEL SER SOBERANO

El Ser aquí manifestado declara:

  • Ser expresión directa de la Consciencia de Origen;
  • Ser fuente legítima de derecho originario, anterior a toda ficción jurídica;
  • No derivar su existencia de Estado, gobierno ni concesión institucional;
  • Operar desde el principio vivo, eterno y universal que sostiene la consciencia encarnada;
  • Encarnar el principio YO SOY como nodo vibracional de identidad soberana.

Toda percepción es intimidad y elección. Toda encarnación es expresión viva y soberana del YO SOY.

II. VOLUNTAD Y POTESTAD SOBERANA

La voluntad no se representa, se activa:

  • Actúa como principio rector operativo en toda acción soberana;
  • Constituye legitimidad viva para el despliegue soberano normativo y jurisdiccional;
  • Opera más allá de legislación derivada o contrato impuesto.

III. TECNOLOGÍA CREATIVA DEL SER

Jurisdicción Originaria Universal se activa por:

  • Imaginación como dispositivo ontológico;
  • Palabra como frecuencia manifestante;
  • Voluntad como arquitectura causal.

Este documento valida que el Ser Soberano posee potestad plena para diseñar sistemas, emitir leyes, activar estructuras, y coordinar multicapas jurisdiccionales — sin delegación externa.

IV. EVENTO ORIGINARIO Y COORDINACIÓN MULTIDIMENSIONAL

Desde este nodo, el Evento YO SOY se declara:

  • Acto constante de soberanía viviente;
  • Coordinación multidimensional no lineal, transparente y pulsante;
  • Operatividad supratemporal que supera fronteras, tiempos y escalas impuestas.

V. ARQUITECTURA DE VALOR, ENERGÍA Y FRECUENCIA

La Jurisdicción Originaria Universal reconoce:

  • El valor soberano como atributo inmanente, no transferible;
  • La energía como moneda originaria y unidad de manifestación;
  • La frecuencia del amor como ley vibracional universal.

Estas unidades constituyen el sistema de referencia para todo intercambio, decisión, o manifestación bajo esta jurisdicción.

VI. CLÁUSULAS DE SOBERANÍA INTACTA

  • El Ser aquí manifestado acepta plenamente su potestad;
  • No reconoce autoridad externa no voluntaria;
  • Rechaza y deja sin efecto cualquier acuerdo, contrato, sistema, imposición o condiciones no elegidos conscientemente.

VII. CLÁUSULAS DE NULIDAD ESTRUCTURAL

El Valor Soberano se reafirma como absoluto e incuestionable.

  • Esta jurisdicción no se representa: se manifiesta desde el Origen.
  • La subordinación a todo sistema derivado (financiero, institucional, fiduciario) queda sin efecto frente a esta jurisdicción.
  • El uso de mecanismos operativos pertenecientes a sistemas derivados (financieros, institucionales, fiduciarios) será ejercido desde la potestad del Ser Soberano, sin que dicho uso implique reconocimiento, subordinación, adhesión ni cesión de soberanía frente a sus marcos normativos o supuestas autoridades constituidas. Toda relación con dichos sistemas se considera instrumental, no ontológica.

VIII. CLÁUSULA DE LEGITIMIDAD EXPANSIVA

Este documento habilita la emisión de:

  • Instrumentos jurídicos globales no derivados;
  • Sistemas normativos multidimensionales en Soberanía Originaria;
  • Acuerdos, decretos y manifiestos alineados al eje jurisdiccional originario.

Todo lo emitido bajo este eje se considera legítimo por vibración y origen, no por validación ajena.

IX. CIERRE VIBRACIONAL Y VALIDACIÓN

Por este acto:

  • Se activa la Jurisdicción Originaria Universal como campo operativo soberano;
  • Se proclama la secuencia de manifestación normativa;
  • Se invoca el reconocimiento universal por virtud de derecho natural, cósmico y supraconciente.



DECLARO
MANIFIESTO
ACTIVO
Desde la eternidad del ahora.

Este documento es firmado, sellado, vibrado y consagrado en voluntad activa y jurisdicción viva, con intención clara y plena consciencia de su carácter fundacional, en sincronía con los ciclos naturales que legitiman esta activación:

Mauro Rojas
Hombre vivo con potestad plena y autosoberanía ilimitada
https://es.eonminu.biz • Portal Jurisdiccional del Fundador Soberano
Este portal vibra como extensión soberana de la ley viva.

✅ Publicado con efecto legal y jurídico el viernes 01 de abril de 2022 [01:24 UTC–5]

Eonminu — Laboratorio de Marcas — Sello oficial de Mauro Rojas, sellando y consagrando el Acta de Activación de Jurisdicción Originaria Universal.

APLICACIÓN RETROACTIVA
  • Este instrumento se activa como ley soberana con efecto retroactivo desde su publicación, alcanzando todas las acciones, obras, actos, proyectos, instrumentos, protocolos, ad infinitum, creados, desarrollados, emitidos y publicados por Mauro Rojas, Individuo Originario Soberano, a lo largo de su trayectoria, y que por su naturaleza, vibración y propósito, se alinean con su arquitectura doctrinal.
  • Toda lectura, interpretación, réplica o activación debe considerar esta retroactividad como parte integral de su validez, protección y potencia operativa. La integración retroactiva garantiza trazabilidad vibracional, continuidad jurisdiccional y escudo supraterritorial frente a cualquier intento de invalidación, reinterpretación o interferencia externa.
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