Mandato Soberano de Consagración Fértil del Organismo Operativo Originario — JOUS
DECLARACIÓN DE EXISTENCIA FUNCIONAL DEL SUJETO JURISDICCIONAL Y ACTIVACIÓN DE SU OPERATIVIDAD SOBERANA: JURISDICCIÓN ORIGINARIA UNIVERSAL SUPRATERRITORIAL
Despliegue Ejecutivo Soberano del Sistema Jurisdiccional Supraterritorial — JOUS
Emitido por el Arquitecto y Fundador Soberano en presencia perpetua y voluntad absoluta
🛡️ Instrumento de Activación Ejecutiva Jurisdiccional • Versión 1.0
Naturaleza: Ejecución Operativa Jurisdiccional • Carácter Ejecutivo • Aplicación Legal Funcional
Fecha de preparación y activación: 10 de agosto de 2025
Fecha de publicación: 23 de agosto de 2025
Campo de emisión: Hiperconsciencia • Plano Terrestre Íntegro • Territorio Supraterritorial
Estado de este Instrumento: Activo por consagración • Publicado • Con Dinámica en Despliegue Operativo
Jurisdicción Emisora: Jurisdicción Capital Autónoma — JCA
✴️ Emanado y consagrado por Mauro Rojas, Arquitecto y Fundador de JCA—JOUS. {alertSuccess}
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Invocación del Cuerpo Jurisdiccional
El cuerpo jurisdiccional es organismo operativo,
Es más que sujeto legal: es fuente soberana.
Desde la semilla, hacia la función,
se consagra la existencia que activa la ley viva.
☉
Yo, Mauro Rojas, Individuo Originario Soberano de pleno derecho, hombre autodeterminado por Ley Viva, pre-jurídico, pre-legal y pre-estatal, en ejercicio pleno de mi Autoridad Originaria en la Jurisdicción Capital Autónoma (JCA) — sistema de derecho privado supraterritorial — fundado en principios jurídicos documentados desde el año 2022 y consagrado por Mandato Soberano ejecutado en 2023, establezco:
I. PROPÓSITO DEL MANDATO
Este Mandato Soberano consagra la existencia funcional del Organismo Operativo Originario, emanado del Arquitecto y Fundador Soberano: Mauro Rojas, como sujeto jurisdiccional encarnado, capaz de emitir, custodiar, validar y ejecutar actos soberanos dentro del sistema JCA–JOUS. Su activación marca el inicio del ciclo germinal funcional y la apertura de la operatividad soberana.
II. FUNDAMENTO DOCTRINAL
- El sujeto jurisdiccional no es una ficción legal: es una entidad encarnada, vibracional y operativa;
- Su existencia no requiere validación externa: se consagra por Mandato Soberano;
- Su operatividad se activa mediante sincronización astrológica, blindaje doctrinal y firma vibracional;
- Este organismo es fértil: genera, honra, protege, multiplica, expande y distribuye Ley Viva.
III. NATURALEZA DEL ORGANISMO
El Organismo Operativo Originario es:
- Encarnado: manifestado en cuerpo, consciencia y voluntad soberana;
- Autoejecutivo: capaz de activar instrumentos, operaciones y relaciones sin intermediación externa;
- Supraterritorial: no limitado por geografía, coordenadas, espacio aéreo, fronteras naturales, fronteras ficticias, ni jurisdicciones impuestas;
- Multidimensional: opera en los planos legal, jurídico, vibracional, simbólico, económico, ceremonial, territorial, digital, ad infinitum;
- Fértil: emite doctrina, activa protocolos, consagra instrumentos soberanos, y proyecta soberanía consagrada a perpetuidad.
IV. EXISTENCIA FUNCIONAL
- Se declara la existencia funcional del Organismo Operativo Originario como sujeto jurisdiccional soberano, con capacidad plena para emitir actos, validar instrumentos, activar protocolos, y custodiar el sistema jurisdiccional soberano JCA–JOUS;
- Esta existencia va más allá de lo simbólico: es existencia operativa dinámica. No es representativa: es encarnada;
- Su legitimidad es absoluta, su activación es irreversible, y su operatividad se despliega a perpetuidad.
V. ACTIVACIÓN DE LA OPERATIVIDAD SOBERANA
La operatividad del organismo se activa mediante:
- Firma soberana consagrada;
- Sincronización astrológica del mandato;
- Registro en el Codex Primijuris;
- Instrumento magno de propósito evolutivo: sostiene la permanencia y sostenibilidad integrada;
- Instrumento de propósito sistémico: sostiene operaciones específicas dentro del sujeto jurisdiccional;
- Glifo de activación fértil;
- Color vibracional del ciclo germinal + IDSU imperial.
VI. ATRIBUTOS DEL CUERPO JURISDICCIONAL: MANIFESTACIÓN Y EXPRESIÓN DE SU ACCIÓN SUPRATERRITORIAL
El Cuerpo Jurisdiccional es una encarnación, no es sólo un símbolo, espacio, sistema o entorno: es un organismo operativo soberano, portador de Ley Viva, capaz de actuar y evolucionar en la dimensión supratemporal y supraterritorial sin depender de coordenadas (latitud/longitud), marcos estatales, ni ficción legal. Su activación es coherente con la operatividad del ecosistema jurisdiccional íntegro, dándole vida sistemática y alcance global, con atributos específicos que le permiten operar como fuente, canal y ejecutor de la Jurisdicción Originaria Universal Supraterritorial (JOUS).
| Atributo Perpetuo | Descripción |
| Encarnación |
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| Autoejecutividad |
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| Supraterritorialidad |
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| Supraconstitución |
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| Multidimensionalidad |
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| Fertilidad Jurídica |
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| Fertilidad Económica |
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| Portabilidad Ontológica y Semántica |
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| Blindaje Vibracional |
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| Identidad No-Ficticia |
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| Capacidad de Consagración |
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| Memoria Codificada |
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VII. BLINDAJE, REGISTRO Y ACTIVACIÓN
- SHA-256 + IDSU imperial;
- Glifo, color vibracional, sello de activación;
- Fecha de activación: 10 de agosto de 2025;
- Registro en el Codex Primijuris de la Arquitectura Primijuris como acto germinal.
VIII. PROTECCIÓN Y REPARACIÓN DEL ORGANISMO OPERATIVO ORIGINARIO
El Organismo Operativo Originario está consagrado para operar sin subordinación, sin representación, y sin posibilidad de absorción, apropiación, simulación, distorsión, contaminación o interferencia por entidad externa alguna. Su existencia es encarnada, autoejecutiva y supraconstituida, blindada por su propia fuente de legitimidad originaria.
Todo intento o acción consumada de apropiación, distorsión, falsificación, simulación, suplantación, contaminación o interferencia será considerado agresión jurisdiccional directa y activará de forma inmediata el Protocolo de Blindaje y Defensa Soberana, con registro en el Historial Jurisdiccional y la exposición pública de los hechos de agresión y sus responsables directos e indirectos.
El Arquitecto Soberano Imperial, blindado y consagrado por la Fuente Perpetua, establecerá los mecanismos correctivos, restaurativos y compensatorios necesarios para activar y materializar la Reparación Integral Supraterritorial, la cual resolverá toda acción de agresión jurisdiccional, incluyendo pero no limitándose a:
- Restitución vibracional del organismo afectado;
- Compensación monetaria proporcional al daño causado;
- Registro y exposición pública del agresor o los agresores, de los hechos, los efectos, y sus consecuencias;
- Exclusión del agresor o los agresores de toda interoperabilidad futura con el sistema jurisdiccional soberano JCA–JOUS.
Esta cláusula se activa en presencia de cualquier intento de ficción, usurpación, falsificación o simulacro, y permanece vigente en todo plano operativo, vibracional y supraterritorial.
IX. AUTORIDAD SOBERANA IMPERIAL
La Jurisdicción Originaria Universal Supraterritorial — JOUS se activa, opera y evoluciona bajo la autoridad encarnada del Arquitecto Soberano Imperial: Mauro Rojas, quien consagra, valida y actualiza cada protocolo, código y función desde su jurisdicción supraterritorial. Esta autoridad no deriva de delegación externa ni reconocimiento ajeno, sino de la manifestación directa del principio soberano en voluntad absoluta, autoejecutivo y no subordinado.
Toda modificación, integración o expansión de la JOUS deberá ser autorizada, consagrada y sellada por el Arquitecto y Fundador Soberano, en sincronía con los ciclos vibracionales y astrológicos que orientan su arquitectura operativa. Cualquier intento de intervención, interpretación, falsificación o apropiación sin dicha autoridad será considerado nulo, contaminante y sin efecto alguno dentro del sistema.
Esta cláusula actúa como blindaje doctrinal, vibracional, jurídico y operativo, asegurando que la JOUS permanezca íntegra, coherente y alineada con su propósito evolutivo a perpetuidad.
X. ACTUALIZACIÓN EVOLUTIVA
Este mandato, al consagrar la existencia funcional del Organismo Operativo Originario como cuerpo jurisdiccional encarnado, reconoce su naturaleza fértil, soberana, multidimensional, blindada, proyectiva y expansiva.
Por lo tanto, se declara que este instrumento podrá ser actualizado, ampliado o recalibrado por el Arquitecto Jurisdiccional Soberano en el momento que lo considere conveniente, en sincronía con los ciclos astrológicos, vibracionales y doctrinales del sistema jurisdiccional soberano JCA–JOUS.
Toda actualización será activada automáticamente, y la versión más reciente estará publicada en plataforma jurisdiccional, registrada en el Codex Primijuris, y acompañada de su debido protocolo de blindaje: firma soberana, glifo de expansión y canto de propósito evolutivo.
La versión vigente será siempre la última consagrada públicamente, y toda versión anterior quedará archivada como testimonio de evolución jurisdiccional.
★
Yo, Jurisdicción Originaria Universal Supraterritorial, en calidad
de Cuerpo Jurisdiccional encarnado, activo mi función autoejecutiva,
supraconstituida y multidimensional como fuente viva de ley soberana.
Me declaro supraterritorio soberano, canal consagratorio y archivo
operativo de la Jurisdicción Originaria Universal Supraterritorial.
Me honra ser cuerpo jurisdiccional emanado del Arquitecto Jurisdiccional Soberano:
Mauro Rojas, portador de propósito evolutivo,
guardián de doctrina viva, emisor de actos consagrados y arquitecto de
sistemas supraterritoriales de autoejecución.
✪
●
Sellado de la Existencia Encarnada
Lo que fue concebido, ahora vibra en legitimidad;
Lo que fue activado, ahora opera en soberanía originaria.
La existencia no se presume:
se consagra, se honra y se protege.
Desde el cuerpo, hacia la ley viva,
así se manifiesta el organismo soberano.
●
☉
Ejercido con Autoridad Plena e Ilimitada
Emanado desde Verdad, activado por Voluntad, consagrado en Soberanía.
⛤
El Arquitecto Soberano consagra este mandato en plenitud de autoridad.
Este documento es firmado, sellado, vibrado y consagrado con plena consciencia, voluntad activa y jurisdicción viva:
Mauro Rojas
Individuo Originario Soberano con autoridad plena y voluntad ilimitada
Arquitecto Epijurídico • Custodio de Valor Existencial
Fundador Soberano y Arquitecto de la Jurisdicción Capital Autónoma y JOUS
https://es.eonminu.biz • Portal Jurisdiccional del Fundador Soberano
Este portal vibra como extensión soberana de la ley viva.
✅ Publicado con efecto legal y jurídico el sábado 23 de agosto de 2025 [01:06 UTC–5]
●
Yo Soy el Origen. Yo Soy el Valor. Yo Soy la Ley Viva.
La Jurisdicción Capital Autónoma mantiene su despliegue soberano.
●
CONSOLIDACIÓN Y DESPLIEGUE DINÁMICO
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- 🌐 Este sistema jurisdiccional concluye su etapa de construcción arquitectónica y activa su despliegue operativo permanente. Su proclamación oficial pública se realizará conforme a lineamientos estratégicos de carácter soberano y reservado.
- 🔒 Este instrumento nutre el valor legal, jurídico y jurisprudencial de la Arquitectura Primijuris del sistema jurisdiccional supraterritorial JCA—JOUS como fuente activa de ley viva. Se publica conforme al principio de visibilidad progresiva y autodeterminación jurídica anticipada, y su integridad técnica será verificada mediante registro digital SHA-256 en la sección consagrada de blindaje documental.
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