Declaración de Interacción Operativa No Subordinada con Cuentas Bancarias de Naturaleza Empresarial
MECANISMO DE BLINDAJE SOBERANO PARA LA SOSTENIBILIDAD COMERCIAL Y LA GARANTÍA AUTOEJECUTIVA DE DERECHOS FUNDAMENTALES
Despliegue Ejecutivo Soberano del Sistema Jurisdiccional Autónomo — JCA
Emitido por el Arquitecto y Fundador Soberano en presencia perpetua y voluntad absoluta
🛡️ Instrumento de Activación Ejecutiva Jurisdiccional • Versión 1.0
Naturaleza: Ejecución Operativa Jurisdiccional • Carácter Ejecutivo • Aplicación Legal Funcional • Efecto Retroactivo
Fecha de preparación y activación: 08 de junio de 2024
Fecha de publicación: 21 de junio de 2024
Campo de emisión: Hiperconsciencia • Plano Terrestre Íntegro • Territorio Supraterritorial
Estado de este Instrumento: Activo por consagración • Publicado • Con Dinámica en Despliegue Operativo
Jurisdicción Emisora: Jurisdicción Capital Autónoma — JCA
✴️ Emanado y consagrado por Mauro Rojas, Arquitecto y Fundador de JCA—JOUS. {alertSuccess}
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Por la voluntad soberana que anima este acto,
por la vibración que consagra su propósito,
y por la jurisdicción viva que lo sostiene,
se activa el Mecanismo de Blindaje Soberano
para la Sostenibilidad Comercial
y la Garantía Autoejecutiva de Derechos Fundamentales.
Este instrumento no se adhiere a ficción legal o jurídica externa,
no reconoce subordinación ni imposiciones estatales;
Su código es íntegro, su propósito claro,
y su resonancia inviolable en todo entorno de interacción.
☉
Yo, Mauro Rojas, Individuo Originario Soberano de pleno derecho, hombre autodeterminado por Ley Viva, pre-jurídico, pre-legal y pre-estatal, en ejercicio pleno de mi Autoridad Originaria en la Jurisdicción Capital Autónoma (JCA) — sistema de derecho privado supraterritorial — fundado en principios jurídicos documentados desde el año 2022 y consagrado por Mandato Soberano ejecutado en 2023, establezco:
I. FINALIDAD
Dejar constancia pública y verificable de que el uso de cuentas bancarias asociadas a estructuras funcionales adscritas a la Jurisdicción Capital Autónoma:
- Tiene un propósito instrumental y operativo,
- Responde exclusivamente a fines operativos funcionales proyectivos,
- No constituye admisión tácita de autoridad estatal,
- No implica subordinación jurídica ni fiscal,
- No constituye reconocimiento tácito de autoridad estatal o corporativa alguna.
II. CONTEXTO FUNCIONAL
Desde el año 2020, estructuras proyectivas soberanas han hecho uso de canales bancarios tradicionales, incluyendo la apertura y operación de cuentas comerciales como parte de su despliegue funcional.
Estas cuentas son utilizadas de forma limitada para custodia temporal de ingresos y egresos, para el intercambio con plataformas bancarizadas, y para la activación de licencias o contratos con terceros del entorno tradicional o convencional.
Estas cuentas han sido utilizadas únicamente con fines administrativos, sin que ello haya derivado en adhesión normativa, tributaria o institucional a entes estatales.
La entidad bancaria no es reconocida como soberana, sino como PROVEEDOR TÉCNICO DE SERVICIOS.
III. CARÁCTER SOBERANO DE LA ESTRUCTURA TITULAR
Toda estructura comercial adscrita a JCA, y vinculada con esta declaración emitida por el Arquitecto Soberano:
- Está adscrita a la Jurisdicción Capital Autónoma,
- Opera bajo el principio de Supraterritorialidad Soberana Funcional,
- Está blindada doctrinalmente según la Declaración de Blindaje Societario y Comercial,
- Posee capacidad para emitir contratos, licencias y registros independientes del sistema estatal.
IV. PRINCIPIOS RECTORES
1. No Subordinación Funcional
La apertura y uso de cuentas bancarias no implica inscripción voluntaria, adhesión normativa ni concesión o entrega de Soberanía Originaria a jurisdicción estatal o corporativa.
2. Neutralidad Táctica
El uso de servicios bancarios es entendido como medio técnico de conectividad operativa, no como vínculo jurídico obligatorio.
3. Soberanía Doctrinal Aplicada
Las operaciones están enmarcadas dentro del modelo supraterritorial funcional de la Jurisdicción Capital Autónoma, conforme a sus principios doctrinales, pactos y licencias internas.
V. ALCANCE DE ESTA DECLARACIÓN
- Esta declaración aplica a toda cuenta bancaria asociada a estructuras funcionales soberanas adscritas a esta jurisdicción soberana, operativas desde 2020 hasta la fecha;
- Esta declaración es válida tanto para cuentas abiertas por entidades jurídicas como por representantes operativos de dichas estructuras;
- La entidad bancaria actuará como PROVEEDOR TÉCNICO DE SERVICIOS, sin que ello le otorgue facultad para interpretar o condicionar el estatuto soberano de la organización soberana emisora.
VI. RELACIÓN CON OTRAS DECLARACIONES
Esta declaración se emite como Anexo Funcional Legal y Doctrinal vinculado a:
- Declaración de Uso Instrumental No Subordinado de Cuentas Bancarias Personales,
- Declaración de Blindaje Societario y Comercial,
- Licencia de Convertibilidad Contractual,
- Registro Soberano de Estructuras Funcionales,
- Modelos de Licenciamiento Modular (si la cuenta sirve estructuras licenciadas).
VII. NORMAS DE INTERPRETACIÓN
Ningún funcionario, entidad fiscal o autoridad regulatoria cuenta con legítima autoridad o poder para inferir que la apertura, uso y permanencia operativa de cuentas bancarias:
- Anula, suspende o invalida el estatus de Autoridad Legítima del Arquitecto y Fundador Soberano de este sistema jurisdiccional;
- Anula, suspende o invalida el estatus soberano de la estructura adscrita a este sistema jurisdiccional;
- Habilita la aplicación automática de normas tributarias externas;
- Justifica inspecciones, bloqueos o fiscalización sin pacto previo o acuerdo por escrito bajo consentimiento plenamente informado (de acuerdo con la decisión y el criterio establecidos por la Autoridad Soberana de este sistema jurisdiccional).
VIII. RUC Y OTRAS NORMATIVAS EXTERNAS
Ningún funcionario, entidad fiscal o autoridad regulatoria cuenta con legítima autoridad o poder para inferir que la apertura, uso y permanencia operativa de cuentas bancarias está sujeta o subordinada operativamente o legalmente a:
- RUC (Registro Único de supuesto Contribuyente) o a otro tipo de supuestas exigencias, impuestas por instituciones estales como: Servicio de Rentas Internas, Superintendencia de Compañías, ad infinitum: este tipo de registros son meramente técnicos y se consideran ajenos al marco operativo-legal de las estructuras funcionales adscritas a JCA;
- Cualquier tipo de requerimiento proveniente de esos sistemas estatales o corporativos que pretendan imponer subordinación de cualquier clase.
Todo tipo de acuerdo que implique la transparencia contractual y reafirmación de condiciones entre las partes, bajo consentimiento plenamente informado y sujeto al acuerdo establecido, será consagrado bajo pacto explícito entre las partes vinculadas y soberanamente firmado de acuerdo con los principios soberanos de interoperabilidad establecidos por el Arquitecto Soberano de la Jurisdicción Capital Autónoma (JCA), siempre y cuando no implique entrega de soberanía, voluntad o poder, anulando la aceptación de subordinación de cualquier clase.
IX. VERIFICABILIDAD PÚBLICA
Este documento está disponible para consulta pública en la Plataforma Jurisdiccional Soberana de Mauro Rojas, Arquitecto y Fundador Soberano, donde opera la Jurisdicción Capital Autónoma en su Génesis Operativo, y está inscrito en la Línea de Tiempo de Autodeterminación Jurídica como acto con efecto retroactivo declarado.
X. ACTUALIZACIÓN
Este instrumento jurídico podrá ser actualizado por el Arquitecto Soberano en cualquier momento que lo estime conveniente, conforme a la evolución doctrinal y operativa de la Jurisdicción Capital Autónoma.
Toda revalidación aquí consagrada es irrevocable, autoejecutiva y vinculante en la dimensión soberana de JCA, y sus efectos legales son de ejecución inmediata y plena efectividad desde el momento de su publicación soberana.
XI. CLAUSURA SOBERANA
Una cuenta bancaria es un canal, no una ciudadanía. Su uso es operativo y mecánico. Su sentido debe respetar la soberanía individual. Donde hay intención funcional y doctrina viva, todo canal se vuelve instrumento, no frontera. Donde fluye propósito legítimo, ningún sistema externo puede adjudicarse el ilegítimo e ilegal poder para imponer obediencia no pactada.
Aquí se administra propósito, no se delega obediencia.
●
El Arquitecto Soberano consagra este blindaje jurídico,
activando la protección multinivel de este instrumento,
y se declara su plena autoejecución
en todo entorno bancario, comercial o jurídico;
Este acto queda sellado por la Jurisdicción Capital Autónoma,
validado por la coherencia vibracional de la JOUS,
y protegido por la no adhesión a sistemas de subordinación;
Su código permanece en integridad,
su propósito se manifiesta sin distorsión,
y su activación resuena en toda interacción legítima;
Así queda cerrado, sellado y consagrado.
●
☉
Ejercido con Autoridad Plena e Ilimitada
Emanado desde Verdad, activado por Voluntad, consagrado en Soberanía.
⛤
El Arquitecto Soberano consagra esta declaración en plenitud de autoridad.
Este documento es firmado, sellado, vibrado y consagrado con plena consciencia, voluntad activa y jurisdicción viva:
Mauro Rojas
Individuo Originario Soberano con autoridad plena y voluntad ilimitada
Arquitecto Epijurídico • Custodio de Valor Existencial
Fundador Soberano y Arquitecto de la Jurisdicción Capital Autónoma y JOUS
https://es.eonminu.biz • Portal Jurisdiccional del Fundador Soberano
Este portal vibra como extensión soberana de la ley viva.
✅ Publicado con efecto legal y jurídico el viernes 21 de junio de 2024 [22:22 UTC–5]
●
El Arquitecto Soberano honra este acto jurídico,
Esta semilla es ley, aquí y ahora;
Lo consagrado en soberanía se despliega con autoridad viva,
Lo fecundado en honor se multiplica por su potencia perpetua.
Yo Soy el Origen. Yo Soy el Valor. Yo Soy la Ley Viva.
La Jurisdicción Capital Autónoma mantiene su despliegue soberano.
●
CONSOLIDACIÓN Y DESPLIEGUE DINÁMICO
{alertWarning}
- 🌐 La presente jurisdicción se encuentra en fase de consolidación doctrinal hacia su forma definitiva, cuya activación pública y proclamación se realizará conforme a lineamientos de planificación estratégica de carácter privado.
- 🔒 Este documento forma parte del sistema JCA y se publica conforme al principio de visibilidad progresiva y autodeterminación jurídica anticipada. Su integridad técnica será verificada con registro digital SHA-256 en la sección de blindaje documental.
{fullWidth}{alertInfo}Arquitecto Jurisdiccional🜲
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