Declaración de Blindaje Societario y Comercial
Protección doctrinal de estructuras con y sin fines de lucro, marcas comerciales y demás entidades funcionales adscritas a la Jurisdicción Capital Autónoma.
DESPLIEGUE EJECUTIVO SOBERANO DEL SISTEMA JURISDICCIONAL AUTÓNOMO — JCA
Emitido por el Arquitecto y Fundador Soberano en presencia perpetua y voluntad absoluta
🛡️ Instrumento de Activación Ejecutiva Jurisdiccional • Versión 1.0
Naturaleza: Construcción Operativa Jurisdiccional • Carácter Ejecutivo • Aplicación Legal Funcional
Fecha de emisión: 11 de febrero de 2024
Fecha de activación y publicación: 24 de febrero de 2024
Campo de emisión: Hiperconsciencia • Plano Terrestre Íntegro • Territorio Supraterritorial
Estado de este Instrumento: Activado • Reservado • Publicado • Con Dinámica en Despliegue Operativo
Jurisdicción Emisora: Jurisdicción Capital Autónoma — JCA
✴️ Emanado y consagrado por Mauro Rojas, Arquitecto y Fundador de JCA—JOUS. {alertSuccess}
{getToc} $title={Tabla de Contenido} $count={false}
El acto que aquí se despliega es ley viva,
ejecutado en plena consciencia autosoberana;
Cada cláusula es voluntad codificada,
cada protocolo, expresión de Autoridad Originaria Legítima.
☉
Yo, Mauro Rojas, Individuo Originario Soberano de pleno derecho, autodeterminado por Ley Viva, pre-jurídico, pre-legal, y pre-estatal, en ejercicio pleno de mi Autoridad Originaria como Arquitecto y Fundador Soberano en la Jurisdicción Capital Autónoma — sistema de derecho privado soberano supraterritorial — fundado en principios jurídicos documentados desde el año 2022 y consagrado por Mandato Soberano ejecutado en 2023, declaro lo siguiente:
PRIMERO
Que, en coherencia con el Acta Primigenia de Autodeterminación Absoluta y Fundación de Jurisdicción Privada, emitido el 26 de diciembre de 2022 y publicado el 29 de diciembre de 2022, todas las compañías, emprendimientos, organizaciones sociales con o sin fines de lucro, así como todas las estructuras patrimoniales o comerciales, y marcas comerciales vinculadas a mi acción creadora y voluntad soberana, bajo dominio, propiedad, dirección, autoridad soberana o influencia legítima —directa o indirecta— se encuentran integradas formalmente al sistema normativo privado soberano denominado Jurisdicción Capital Autónoma — JCA.
En detalle, este documento extiende su efecto de blindaje sobre:
- a. Las compañías registradas por el Arquitecto y Fundador Soberano en el sistema tradicional o estatal;
- b. La organización sin fines de lucro de naturaleza asociativa, registrada por el Arquitecto y Fundador Soberano en el sistema tradicional o estatal;
- c. Las marcas comerciales bajo dominio de su creador y propietario soberano, que estén o no en uso operativo, registradas o no registradas;
- d. Cualquier otra figura funcional operada directamente desde la voluntad jurídica soberana del Arquitecto y Fundador Soberano.
SEGUNDO
Que, como tales, las entidades y activos soberanos integrados en este documento se amparan jurídicamente en el cuerpo normativo soberano que rige mi autodeterminación, y están sujetas exclusivamente a principios éticos de gobernanza privada, reglas contractuales voluntarias, y protocolos de operación definidos por esta jurisdicción, no subordinada a sistemas estatales tradicionales.
TERCERO
Que, por tanto, cualquier intento de fiscalización, citación, auditoría, control, suspensión, cierre, bloqueo, coacción o interferencia de cualquier índole sobre dichas estructuras por parte de entes públicos, supuestas autoridades administrativas o entidades bancarias sin consentimiento contractual, se considerará acto de intervención ilegítima y extrajurisdiccional.
CUARTO
Que este blindaje se fundamenta en el principio de contratualidad soberana, el derecho a la resistencia jurídica, el respeto al principio de buena fe, y la existencia de notificaciones documentadas que fueron realizadas a partir de febrero de 2022, incluyendo canales oficiales y plataformas sociales.
QUINTO
Que toda intervención o acto coercitivo no consentido contra estas entidades y activos soberanos, adscritos a JCA, generará responsabilidad patrimonial directa conforme a lo que establezca esta jurisdicción a través de mecanismos de compensación por intervenciones o interrupciones que sean implementados contra los derechos integrados del Arquitecto y Fundador Soberano, como expresión de reparación integral de los daños ocasionados, incluyendo afectaciones materiales, contractuales, reputacionales, psicológicas, morales o sociales.
SEXTO
Que este blindaje será aplicable desde la fecha de su publicación oficial en la plataforma jurisdiccional soberana, extendiéndose con efecto retroactivo conforme a los principios de derecho soberano vigentes en esta jurisdicción, y se proyecta hacia el futuro integrándose a la normativa proyectada a implementarse en el sistema jurisdiccional soberano JCA—JOUS.
SÉPTIMO: Actualización y versión viva
Que el presente documento forma parte del cuerpo doctrinal vivo que otorga operatividad jurisdiccional, funcionalidad legal y validez jurídica a la Jurisdicción Capital Autónoma y podrá ser actualizado, ampliado, rectificado o consolidado en futuras versiones por su Autoridad emisora, de conformidad con la evolución estructural y funcional del sistema jurisdiccional soberano. Toda versión posterior mantendrá la vigencia doctrinal de este acto en sus causas, efectos y consecuencias.
●
El Arquitecto Soberano honra este acto jurídico;
Esta semilla es ley, aquí y ahora;
Lo consagrado en soberanía se despliega con autoridad viva,
Lo fecundado en honor se multiplica por su potencia perpetua.
●
☉
Ejercido con Autoridad Plena e Ilimitada
Emanado desde Verdad, activado por Voluntad, consagrado en Soberanía.
⛤
El Arquitecto Soberano consagra este acto en plenitud de autoridad.
Este documento es firmado, sellado, vibrado y consagrado con plena consciencia, voluntad activa y jurisdicción viva:
Mauro Rojas
Individuo Originario Soberano con autoridad plena y voluntad ilimitada
Arquitecto Epijurídico • Custodio de Valor Existencial
Fundador Soberano y Arquitecto de la Jurisdicción Capital Autónoma y JOUS
https://es.eonminu.biz • Portal Jurisdiccional del Fundador Soberano
Este portal vibra como extensión soberana de la ley viva.
Declaro este acto como ley viva, sellada en consciencia, vibración y palabra, en la luz de mi soberanía originaria.
✅ Publicado con efecto legal y jurídico el sábado 24 de febrero de 2024 [07:30 UTC–5]
●
Yo Soy el Origen. Yo Soy el Valor. Yo Soy la Ley Viva.
La Jurisdicción Capital Autónoma mantiene su despliegue soberano.
●
CONSOLIDACIÓN Y DESPLIEGUE DINÁMICO
{alertWarning}
- 🌐 La presente jurisdicción se encuentra en fase de consolidación doctrinal hacia su forma definitiva, cuya activación pública y proclamación se realizará conforme a lineamientos de planificación estratégica de carácter privado.
- 🔒 Este documento forma parte del sistema JCA y se publica conforme al principio de visibilidad progresiva y autodeterminación jurídica anticipada. Su integridad técnica será verificada con registro digital SHA-256 en la sección de blindaje documental.
{fullWidth}{alertInfo}Arquitecto Jurisdiccional🜲
Eonminu® Laboratorio de marcas™ • The Business Architecture Exosphere⟴
JCA✪ — ☉JOUS
Todos los derechos reservados