Acta de Fecundación Jurisdiccional
Fase gestacional del Sistema Jurisdiccional Autónomo — JCA
PROCLAMACIÓN ORIGINARIA DEL SISTEMA AUTÓNOMO Y NACIMIENTO VIBRACIONAL DE LA JURISDICCIÓN: VOLUNTAD SOBERANA, GÉNESIS OPERACIONAL, PROTECCIÓN PATRIMONIAL, BLINDAJE FINANCIERO Y ACTIVACIÓN DOCTRINAL DEL IUS UNIVERSALIS.
Emitido por el Fundador Soberano en ejercicio pleno de su presencia perpetua y voluntad absoluta.
🛡️ Instrumento de Activación Ejecutiva Jurisdiccional
Naturaleza: Autodeterminación Absoluta • Autosoberanía Ilimitada • Aplicación Legal Funcional
Fase documentaria: 01 de enero de 2022 – 18 de abril de 2023
Fecha vibracional de inicio: 01 de febrero de 2022
Fecha de preparación y emisión: 05 de abril de 2023
Fecha de activación y publicación: 19 de abril de 2023
Campo de emisión: Hiperconsciencia • Plano Terrestre Íntegro • Territorio Supraterritorial
Estado de este Instrumento: Activado • Reservado • Publicado • Con Dinámica en Despliegue Operativo
Estado normativo: Jurisdicción Originaria Universal Supraterritorial
✴️ Emanado y consagrado por Mauro Rojas, Arquitecto de Soberanía Ilimitada. {alertSuccess}
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Yo soy la semilla que no fue sembrada
sino pronunciada en vibración originaria;
Desde el centro no replicable,
fecundo la ley que no se impone,
sino se revela.
Que se abra el surco del verbo,
que se consagre el acto como raíz.
●
JOUS sostiene la ley, JCA la fecunda.
🜁
I. PREÁMBULO FUNDACIONAL
El presente documento formaliza el tránsito definitivo desde la gestación soberana hacia la activación doctrinal del sistema jurisdiccional autónomo creado por Mauro Rojas, Individuo Originario Soberano pre-jurídico, pre-legal y pre-estatal, autodeterminado por ley viva, cuya conformación vibracional, operativa y doctrinal se formaliza en este Acta.
El proceso fundacional inicia el 01 de febrero de 2022. A partir de entonces, se desarrolla un itinerario progresivo que integra: la recopilación documental, la notificación de autodeterminación a funcionarios del sistema estatal, la reinterpretación funcional del legado OPPT como herramienta jurídica de activación soberana, la integración estratégica de derechos suprapositivos y la publicación de actos soberanos, culminando el 19 de abril de 2023, con la proclamación y activación doctrinal del sistema operativo de JCA.
Este intervalo documentario testimonia la gestación alquímica de legitimidad, donde cada instrumento, principio y archivo integrado contribuye a robustecer la arquitectura soberana, trascendiendo simplificaciones conspirativas y recuperando el valor jurídico, vibracional y operacional del derecho de autodeterminación consciente.
Durante dicho intervalo, se realizó el tránsito estratégico del sujeto soberano desde modelos estatales hacia una administración autónoma supraterritorial legítima, respetuosa de los derechos fundamentales universales y basada en la voluntad consciente como fuente jurídica originaria. En esta etapa, la jurisdicción se identificó operacionalmente como Jurisdicción Civil Autónoma, denominación transitoria que acompañó el proceso de desvinculación funcional y reconfiguración estructural.
En consecuencia, esta jurisdicción adquiere autoridad jurisdiccional y jurídica, con carácter supratemporal y supraterritorial, adoptando oficialmente la denominación Jurisdicción Capital Autónoma (JCA) a partir de la fecha de publicación del presente documento, como acto soberano de proclamación doctrinal.
II. LÍNEA DE TIEMPO ESTRATÉGICA
La Fecundación Jurisdiccional de la Jurisdicción Capital Autónoma, tomando origen en la revelación consagrada de la Jurisdicción Originaria Universal Supraterritorial (JOUS) como entorno supraterritorial operativo, ha sido manifestada de acuerdo con un proceso disciplinado de construcción sistemática, integrando las siguientes fases:
Fase | Fecha | Escenario / Acciones | Observaciones |
Activación de Voluntad Soberana | 01 febrero 2022 | Mauro Rojas activa autodeterminación legal e inicia proceso de construcción jurisdiccional. |
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Acción de Autodeterminación Legal [fase previa] |
22–23 febrero 2022 | ENVÍO PRELIMINAR: Notificación de acción de autodeterminación a funcionarios de diversas instituciones del Estado, sistema bancario, etc. |
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Fecundación Jurisdiccional en progreso | 02 marzo 2022 | Fase de Fecundación Jurisdiccional |
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Acción de Autodeterminación Legal [fase uno] |
17–28 marzo 2022 | ENVÍO PRIMERA NOTIFICACIÓN: Notificación de acción de autodeterminación a funcionarios de diversas instituciones del Estado, sistema bancario, etc. |
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Fecundación Jurisdiccional en progreso | 01–30 abril 2022 | Fase de Fecundación Jurisdiccional |
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Acción de Autodeterminación Legal [fase dos] |
07–09 mayo 2022 | ENVÍO SEGUNDA NOTIFICACIÓN: Notificación de acción de autodeterminación a funcionarios de diversas instituciones del Estado, sistema bancario, etc. |
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Acción de Autodeterminación Legal [fase tres] |
11–13 mayo 2022 | ENVÍO TERCERA NOTIFICACIÓN: Notificación de acción de autodeterminación a funcionarios de diversas instituciones del Estado, sistema bancario, etc. |
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Fecundación Jurisdiccional en progreso | 30 de mayo a 23 de diciembre, 2022 | Fase de Fecundación Jurisdiccional: Se revela la existencia de la JOUS como entorno supraterritorial legítimo. |
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Activación de Jurisdicción Privada | 29 diciembre 2022 | Se activa la fundación progresiva de jurisdicción privada, cuya fuente de operatividad es la JOUS. |
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Curaduría Jurídica | 20–23 marzo 2023 | Fase documental es sometida a curaduría y se prepara la transición jurídica |
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III. CRITERIOS JURÍDICOS DEL ACTO DE RECONFIGURACIÓN RELACIONAL
Esta sección declara la transición consciente del sujeto soberano hacia la autonomía jurisdiccional operativa, codificando el rediseño de la relación jurídica con el Estado y con toda jurisdicción externa o impositiva, y la capacidad plena de emitir actos vinculantes dentro de la arquitectura viva de JCA—JOUS.
Término Clave | Caracterización Estratégica | Fundamento Operativo |
Transición jurídica del sujeto soberano | Migración consciente del régimen administrativo estatal hacia autolegitimación funcional. | Preservación plena de derechos fundamentales. |
Rediseño de la relación jurídica con el Estado | Sin dependencia activa ni rendición de obligaciones impuestas por normas o supuestas autoridades no suscritas. | Fundado en la libre adscripción, voluntad consciente y soberanía funcional. |
Acto de autonomía jurisdiccional operativa | Declaración de capacidad estructural para emitir normas, acuerdos y validaciones. | Sustentado en trazabilidad documental, coherencia simbólica y legitimidad funcional. |
IV. DECLARACIÓN VIBRACIONAL
Este documento declara que, desde febrero de 2022, el Fundador Soberano inició la gestación de un sistema jurisdicional autónomo funcional. La fase de denominación como Jurisdicción Civil Autónoma se reconoce como etapa operativa transitoria, previo a la activación del hito que activará la denominación definitiva, con el correspondiente instrumento jurídico.
Toda creación posterior se construye sobre esta matriz: principios, símbolos, marcas, cronogramas, instrumentos y documentos ad infinitum se inscriben en la capa basal que esta Acta testimonia.
V. CLAUSURA
Con la suscripción del presente acto, el sistema jurisdiccional autónomo activa su legitimidad doctrinal y vibracional desde la voluntad supraconsciente soberana, reconociéndose en ejercicio pleno y originario de autoridad jurídica y jurisdiccional, con carácter supratemporal y supraterritorial.
Esta acción no solicita reconocimiento.
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Ejercido con Autoridad Plena e Ilimitada
Emanado desde Verdad, activado por Voluntad, consagrado en Soberanía.
⛤
Este documento es firmado, sellado, vibrado y consagrado con plena consciencia, voluntad activa y jurisdicción viva:
Mauro Rojas
Individuo Originario Soberano con autoridad plena y voluntad ilimitada
Arquitecto Epijurídico • Custodio de Valor Existencial
Fundador y Arquitecto de la Jurisdicción Capital Autónoma y JOUS
https://es.eonminu.biz • Portal Jurisdiccional del Fundador Soberano
Este portal vibra como extensión soberana de la ley viva.
Declaro este acto como ley viva, sellada en consciencia, vibración y palabra, en la luz de mi soberanía originaria.
✅ Publicado con efecto legal y jurídico el miércoles 19 de abril de 2023 [23:12 UTC–5]
●
Yo Soy el Origen, Yo Soy el Valor, Yo Soy la Ley.
Aquí termina la ficción
Aquí comienza la Restitución
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CONSOLIDACIÓN Y DESPLIEGUE DINÁMICO
{alertWarning}
- 🌐 La presente jurisdicción se encuentra en fase de consolidación doctrinal hacia su forma definitiva, cuya activación pública y proclamación se realizará conforme a lineamientos de planificación estratégica de carácter privado.
- 🔒 Este documento forma parte del sistema JCA y se publica conforme al principio de visibilidad progresiva y autodeterminación jurídica anticipada. Su integridad técnica será verificada con registro digital SHA-256 en la sección de blindaje documental.
APLICACIÓN RETROACTIVA
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- Este instrumento se activa como ley soberana con efecto retroactivo desde su publicación, alcanzando todas las acciones, obras, actos, proyectos, instrumentos, protocolos, ad infinitum, creados, desarrollados, emitidos y publicados por Mauro Rojas, Individuo Originario Soberano, a lo largo de su trayectoria, y que por su naturaleza, vibración y propósito, se alinean con su arquitectura doctrinal.
- Toda lectura, interpretación, réplica o activación debe considerar esta retroactividad como parte integral de su validez, protección y potencia operativa. La integración retroactiva garantiza trazabilidad vibracional, continuidad jurisdiccional y escudo supraterritorial frente a cualquier intento de invalidación, reinterpretación o interferencia externa.
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